La Calificación de acreencias para trabajadores, servidores públicos y/o acreedores de TAME en Liquidación, se lo realizará en cumplimiento a la Resolución Nro. TAME-TAME-2020-0015-R del 27 de noviembre de 2020 mediante el cual se expide el Reglamento de Calificación.

En el término de 30 días contados a partir de la publicación en el portal web y en uno de los diarios de mayor circulación nacional presenten los documentos que justifiquen sus acreencias, de manera que una vez cumplido dicho plazo el Liquidador tomará en cuenta solamente a quienes hayan probado su calidad de acreedores y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la Empresa.

1.-REGLAMENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE PRELACIÓN DE CRÉDITOS

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2.-REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE ACREENCIAS

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3.- RESOLUCIÓN CONFORMACIÓN COMISIÓN DE CALIFICACIÓN DE ACREENCIAS

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FAVOR INGRESAR EN EL SIGUIENTE LINK, TODAS LAS PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES (NACIONALES E INTERNACIONALES), QUE TENGAN CUENTAS POR COBRAR A TAME EP EN LIQUIDACIÓN.

CALIFICACIÓN PARA EL PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE ACREENCIAS

 

Para más información comunícate al siguiente correo:

 

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