MASCOTAS EN CABINA
- La aerolínea transportará dentro de la cabina dos animales en los vuelos con equipos A320, A319 y E90; y uno en los vuelos con ATR42.
- Se embarcarán solo perros y gatos que tengan más de 8 semanas de vida. Para viajes a Estados Unidos, las regulaciones demandan que los animales tengan más de 4 meses de edad. Otras especies animales solo podrán ser transportadas mediante Tame Cargo.
- El costo del servicio será de $75 más los impuestos determinados para destinos internacionales y Galápagos. Para destinos nacionales el valor será de $20 más impuestos.
- El servicio se cancelará durante el proceso de chequeo en el counter de Tame. Los contenedores de los animales no puede exceder los 58cm de largo x 40cm de ancho y 23cm de profundidad. Deben ser de modelo homologado o permitir el cierre total sin que esto impida la respiración del animal. No se aceptarán bolsos ni contenedores que no dispongan de ventilación. La mascota debe caber cómodamente en el contenedor, sin tocar sus bordes ni sobresalir a los lados de la jaula. Es necesario que pueda moverse en el interior.
- El peso total del contenedor y el animal no podrá superar los 7 kg.
Recuerde que este servicio debe ser solicitado al menos 48 horas antes del viaje y está disponible solo para vuelos operados por Tame. No aplica para conexiones con otras aerolíneas, ni en acuerdos interlineales.
IMPORTANTE: Es indispensable portar el certificado de un médico veterinario, emitido 10 días antes del vuelo, que confirme que la mascota tiene las condiciones físicas para viajar. En otros países, las autoridades sanitarias podrían solicitar documentación específica, como historial médico o certificados de vacunación, por lo cual sugerimos portar esta documentación.
Animales de Soporte Emocional:
El transporte de animales en cabina como soporte emocional o asistencia/lazarillos de personas con discapacidad no tiene costo. Se admitirá solo un animal, únicamente perro o gato, por pasajero dependiendo del cupo disponible en cada equipo.
Condiciones del servicio:
- El animal debe estar entrenado para comportarse apropiadamente en espacios como la cabina del avión durante el transcurso del vuelo. Debe usar bozal de red y correa en todo momento.
- Se debe presentar al agente de tráfico, en el counter, un certificado emitido por un profesional de la salud mental o médico autorizado, cuya emisión no exceda los 90, donde se especifique que:
- El pasajero necesita al animal como apoyo emocional o psiquiátrico, para el viaje en avión o para realizar actividades en su destino.
- El pasajero se encuentra bajo el cuidado del profesional que suscribe el certificado.
Animales como equipaje facturado (bodega)
Tame EP no transporta animales como equipaje facturado en bodega. Los animales sólo pueden transportarse como carga. Para recibir detalles comuníquese con Tame Cargo al 593-2-396-6300 ext. 20760 o 20971.
Consulte información oficial sobre importación y exportación de mascotas aquí. http://www.agrocalidad.gob.ec/coordinacion-general-de-sanidad-animal/
Para conocer sobre regulaciones de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo ingrese aquí: http://www.iatatravelcenter.com