Normativa que consta en el Manual IATA Live Animals Regulations / Regulaciones para Animales Vivos y están incluidas en nuestro Manual de Procedimientos de Manejo de Carga, autorizado por la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), y son las siguientes:
- Solicitud del certificado de vacunación
- Revisión de que el animal se encuentre en aparentes buenas condiciones.
- Revisión de la jaula transportadora para ver que se encuentre en buen estado y sea apropiada para el transporte (el animal debe poder pararse y dar la vuelta con facilidad). En caso que el embarcador no posea una jaula transportadora apropiada, podemos proveerla.
- Llenar en presencia del embarcador/expedidor el Certificado del Expedidor para Animales Vivos, el mismo que debe ser firmado por el embarcador/expedidor.
Este documento es un descargo de responsabilidad y dice textualmente: "El embarcador acepta que los transportadores no serán responsables por cualquier pérdida, daño o gastos que surjan de la muerte de un animal debida a causas naturales, como tampoco por la muerte o heridas de cualquier animal causadas por la conducta o acciones del animal mismo u otros animales tales como: mordeduras, coceaduras, cornadas o asfixia, ni por aquello a lo cual las condiciones, naturaleza o tendencias de los animales hayan contribuido o causado."
- Finalmente emite la guía aérea en la que indica que se trata de un animal vivo.