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EQUIPAJE

Equipaje

franquicia equipaje

Considere que la información detallada a continuación será de mucha utilidad sobre el transporte de su equipaje al momento de viajar. 

Equipaje:

Equipaje son artículos, efecto y otras propiedades personales de un pasajero, que le son necesarios o apropiados para su uso, comodidad y conveniencia en sus viajes.

Tame no acepta cajas o cartones como equipaje que contengan otros artículos diferentes a los indicados en la definición tales como: libros, material publicitario comida, vacunas, llantas, baterías, cuadros con vidrio, coolers, impresoras, TV, etc., ya que para el transporte de estos bienes existe el área de carga.

Franquicia de equipaje

Es la cantidad de equipaje que un pasajero puede llevar sin costo y se expresa en kilos y piezas.

EQUIPAJE LIBRE PERMITIDO
RUTAS PESO DIMENSIONES
Entre Estados Unidos y Sudamérica
Fort Lauderdale - Guayaquil - Ecuador

maleta equipaje

maleta equipaje

2 piezas de 23kg (50lb) cada una*

 

 

 

(Alto + Largo + Ancho
158 Centímetros (62 pulgadas)

Vuelos Domésticos
Quito / Guayaquil / Cuenca / Manta / Esmeraldas / Coca / Santa Rosa / Loja / Lago Agrio

maleta equipaje

1 piezas de 23 kg (50lb)**

Islas Galápagos
Baltra / San Cristóbal
Entre Ecuador y Cali

 

*   La tercera pieza será considerada como exceso de equipaje.

*   Tarifa promocional Fort Lauderdale aplica 1 maleta de 23kg y equipaje de mano hasta 8kg.

** La segunda y tercera pieza será considerada como exceso de equipaje.

  • Niños mayores a 2 años mantienen la misma franquicia que los adultos.
  • Niños menores a 2 años (infantes) tendrán derecho de franquicia a 1 pieza de 23 kg (50lb),  desde y hacia USA, para el resto de rutas 1 pieza de 15 kg (33lb).

EXCESO DE EQUIPAJE: Se refiere a piezas extras, kilos y dimensiones  de exceso del  equipaje permitido. Un cargo adicional se pagará por el transporte de exceso de equipaje. El exceso de equipaje que un pasajero puede transportar está sujeta a restricciones y disponibilidad de espacio.

 
RUTAS NACIONALES Y CALI
Maleta adicional(23kg–62”) $20.00
Exceso de peso (dentro de franquicia) 23kg–32kg: $10.00
Exceso de dimensiones (dentro de franquicia) Hasta 90”: $10.00
Hasta 114”: $20.00
Equipo deportivo  N/A solo condiciones anteriores
GALÁPAGOS
 Maleta adicional(23kg–62”) $70.00 
Exceso de peso (dentro de franquicia) 23kg–32kg:$50.00
32kg–45kg:$70.00
Exceso de dimensiones (dentro de franquicia)  Hasta 90”: $50.00
Hasta 114”: $70.00
Equipo deportivo* $50.00
RUTAS INTERNACIONALES
Maleta adicional(23kg–62”) $150.00
Exceso de peso (dentro de franquicia) 23kg–32kg: $75.00

Exceso de dimensiones (dentro de franquicia)

Hasta90”: $75.00
Hasta114”: $150.00

 

*NOTA: el equipo deportivo a GPS se cobrará inclusive dentro de la franquicia permitida

**NOTA: todo artículo que sobrepase los 45 kg y/o las 114” debe ser transportado como carga.

  • Se aceptarán hasta 3 piezas extras en total por pasajero (2 adicionales en vuelos nacionales y 1 adicional en vuelo internacional).
  • Se exime de sobre dimensión a los coches de los infantes y artículos de asistencia para personas con discapacidad o movilidad reducida.
  • La sobre dimensión máxima permitida será de (150cm de alto + 75cm de largo + 65cm de ancho) un total de 290cm lineales.

 

 

Equipaje de mano

equipaje de mano

Son aquellos efectos personales libres de cargo trasportados bajo custodia del pasajero en la cabina del avión.

Debe poder levantar el equipaje de mano e introducirlo en los compartimentos superiores del avión sin ayuda.
 
EQUIPAJE DE MANO PERMITIDO
EQUIPAJE DE MANO

maleta equipaje

1 pieza de 8 kg (17lb) 55 cm del alto, 35 cm de ancho y 25 cm de profundidad

1 artículo personal

Cartera, Notebook, Camara fotográfica, bolso de bebé.

Adicionalmente se considerará equipaje de mano:

• Una bolsa del Duty Free Un abrigo, chaqueta o manta
• Una cantidad razonable de material de lectura para el viaje
• Un prismático pequeño
• Urnas funerarias (Discretamente embalado).

Le recomendamos llevar en el equipaje de mano cualquier artículo de valor, documentación, dinero, joyas, como también artículos frágiles y electrónicos. Tame no asumirá la  responsabilidad en relación a la pérdida, daño o retardo de objetos frágiles y/o de alto valor, tanto comercial como personal.

Equipaje Facturado

Equipaje trasportado bajo custodia y responsabilidad de la línea aérea.  La responsabilidad de la aerolínea empieza cuando el equipaje es taquillado y termina con la entrega del mismo en el destino.  Cada pasajero es responsable de exigir al Agente de counter una taquilla por cada equipaje entregado a la aerolínea y al mismo tiempo es responsable de su custodia ya que es único recibo de entrega de su equipaje.

 • En vuelos domésticos, la facturación del equipaje debe ser realizada hasta el destino final del pasajero siempre y cuando tenga su reserva confirmada en todos los tramos del vuelo y se le entregue al pasajero los pases de abordar de toda la ruta. 

 • Este equipaje estará bajo custodia del personal de seguridad de la Aerolínea y estará debidamente identificado con taquillas de CONEXIÓN.

 • En vuelos internacionales la facturación será hasta el primer puerto internacional de arribo del pasajero para que se realice los procedimientos migratorios y de aduana respectivos.

Recomendaciones al momento de registrar su equipaje

https://www.tame.com.ec/sites/default/files/registrar-equipaje.jpg

• Antes de entregar su equipaje al momento de realizar su chequeo en el counter de Aeropuerto de Tame, es importante que retire todas las etiquetas de vuelos anteriores, para evitar confusión de datos e información.

• El equipaje debe estar identificado  con su nombre, dirección, ciudad, país y número de teléfono permanente.

• Retire cualquier correa u objeto que se destaque en su equipaje, pues en las bandas que lo transportan se puede trabar y averiar.

• Verifique que su equipaje tenga todas las seguridades bien cerradas, de no tener un candado solicite en el counter un candado plástico.

Recomendaciones al momento de retirar su equipaje

• Al llegar al Aeropuerto de Destino debe retirar su equipaje, asegurándose que las etiquetas coincidan con la asignada.

• Le recordamos que por su seguridad nunca acepte retirar, conservar o transportar maletas de una persona desconocida.

• Si no puede localizar el equipaje a su llegada, debe notificarlo a un personal de la aerolínea ANTES de salir del área de arribo del aeropuerto.

• Si su equipaje presenta algún tipo de avería debe ser notificado inmediatamente a un personal de la aerolínea ANTES de salir del área de arribo del Aeropuerto.

Equipaje Demorado

Tame conoce lo importante que es para usted que su equipaje sea entregado a tiempo.

Si su equipaje se retrasa o se encuentra averiado el personal de la aerolínea lo asistirá y explicará el procedimiento a seguir para la solución inmediata de su problema, adicional se le  proporcionará un número de teléfono local de manera que pueda obtener información acerca de su equipaje y se procederá a cumplir con la compensación que estipulan las políticas de Tame si este fuera el caso.

Le garantizamos que haremos nuestro mayor esfuerzo para atender sus reclamos y agilizar la solución de los mismos.

Equipaje con Aerolíneas Socias

Si su vuelo tiene algún trayecto con una aerolínea socia, se aplicará la regulación IATA para la franquicia de equipaje.
Esta regulación indica que:

  • Si las franquicias de ambos operadores son las mismas, se aplica dicha regla.
  • Si las franquicias son diferentes, aplica la política del transportista más importante (Most Significant Carrier). El transportista más importante está definido por la IATA.

Para entender quién es el operador más relevante, la IATA dividió el tráfico aéreo en tres áreas:

  • Área 1: Norteamérica, Sudamérica, Centroamérica y Hawaii.  
  • Área 2: Europa, África, Medio Oriente.
  • Área 3: Asia y Oceanía

El transportista más importante dependerá de los cruces que las aerolíneas realicen en el siguiente orden:

  1. Primer operador que cruza de un área a otra. Ejm: el operador que cruza de América a Europa.
  2. Primer operador que cruza de una sub-área a otra. Ejm: el operador que cruza de Sudamérica a Norteamérica.
  3. Cuando se viaja dentro de una sub-área rige el primer operador internacional de esa zona. Ejm: Un viaje desde Ecuador a Brasil aplicará el primer transportador internacional.

División de Tráfico Aéreo según IATA

img equipaje aero socias

Excepciones:

  • Cuando el origen, destino o punto más lejano de un boleto es un lugar de EEUU, la franquicia de equipaje del primer viaje aplicará a toda la ruta, sin importar si el boleto tiene parada (stopover).
  • En casos de vuelos con código compartido que incluyan un punto en EEUU, el operador más relevante será la aerolínea que vendió el boleto.

Responsabilidades del Transportador en cuanto a Equipaje

El reembolso de gastos se basará en probables daños directos e indirectos. Contacte al Departamento de Equipajes para obtener más información, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para viajes a EE.UU., la responsabilidad de TAME E.P. por cualquier tipo de daño como consecuencia de pérdida, daño o demora en la entrega de un bien personal del pasajero, se limitará al valor justo en el momento de la pérdida, el daño o la demora, y no excederá los 3.500,00 USD  por pasajero, excepto en el caso de sillas de ruedas y otros aparatos ortopédicos.


Para viajes internacionales a los que se aplica la Convención de Varsovia, la responsabilidad de TAME E.P. se limita a aproximadamente 20.00 USD por kilo hasta un máximo de 460.00 USD por equipaje chequeado.


Para viajes internacionales a los que se aplica la Convención de Montreal, la responsabilidad de TAME E.P. se limita a 1,131 SDR (Derechos Especiales de Giro) por pasajero para el equipaje chequeado.

Evite empacar artículos muy valiosos, frágiles o perecederos en su equipaje chequeado. Para viajes nacionales, TAME E.P. no se hace responsable de la pérdida, el daño o la demora en la entrega de artículos muy valiosos, frágiles o perecederos. Revise la siguiente lista:

  • Artículos embalados de forma inadecuada.
  • Antigüedades, artefactos, reliquias familiares, coleccionables, artículos y artefactos religiosos
  • Astas de cuadros o banderas.
  • Mochilas o Bolsas de ropa no diseñadas para viajes, sacos de dormir y mochilas de plástico, vinil u otro material fácil de desgarrar con marco de aluminio, bolsillos externos o con correas y asas que sobresalen
  • CDs, DVDs y MP3s
  • Vajillas de porcelana, cristal, cerámica, alfarería
  • Hardware/software informático y componentes o equipos electrónicos
  • Artículos en sacos o bolsas de plástico o de papel que no tengan la resistencia suficiente, sin protección suficiente de los contenidos.
  • Artículos en cajas de cartón, excepto en aquellos artículos que pudieran ser aptos para el transporte sin el uso de esa caja (por ejemplo, una bicicleta o una bolsa de ropa)
  • Artículos mecánicos y electrónicos, incluidos teléfonos móviles o juegos electrónicos y otros artículos relacionados
  • Lentes, binoculares, gafas de sol formuladas o no y cualquier otro artículo para la vista
  • Flores y plantas
  • Artículos incluidos en el equipaje de mano o documentado del pasajero, con o sin conocimiento de TAME E.P.
  • Artículos hechos de papel (por ejemplo, folletos publicitarios, carteles, mapas, manuscritos, documentos personales o profesionales, documentos históricos, fotografías, libros, documentos negociables, acciones, etc.)
  • Joyas, Dinero, Relojes
  • Llaves
  • Líquidos, perfumes, bebidas alcohólicas.
  • Medicinas y el equipo médico (cuando no se usan como dispositivos de ayuda según 14 CFR 382.3)
  • Instrumentos musicales
  • Productos de piel natural.
  • Artículos perecederos como alimentos (por ejemplo, frutas y verduras, hielo seco, tabaco, etc.)
  • Equipo fotográfico, cinematográfico, de audio o video, cámaras y artículos relacionados
  • Piedras o metales preciosos
  • Herramientas, herramientas de mano a batería, cajas o contenedores de herramientas, barras de remolque
  • Artículos totalmente desprotegidos, como raquetas de tenis, sombrillas, ya sea que se chequeen en forma individual o adheridos al exterior del equipaje
  • Cubiertos, cuchillos, espadas
  • Obras de arte, como pinturas o esculturas

Durante las actividades normales de transporte, su equipaje puede mostrar evidencia de uso. TAME E.P. nunca será responsable de la destrucción, pérdida o daño que resulte de un defecto inherente, la calidad o fallos del equipaje; así como extravíos, danos o demoras de equipaje que puedan deberse a una inspección de seguridad por alguna agencia local, estatal o federal.

En viajes nacionales, TAME E.P. no se hace responsable de las condiciones que resulten del desgaste normal, como por ejemplo:

  • Cortes menores, raspaduras, arañazos, abolladuras y suciedad
  • Daños en las ruedas, los cabos o las manijas extensibles de las maletas, y artículos frágiles o perecederos
  • Daño como resultado de un exceso de peso en el equipaje
  • Pérdida de candados externos, correas de ajuste, correas de seguridad o tiradores de cremalleras
  • Defectos del fabricante o artículos no diseñados para viajes.

Transporte de mascotas

transporte mascotas

MASCOTAS EN CABINA

  • La aerolínea transportará dentro de la cabina dos animales en los vuelos con equipos A320, A319 y E90; y uno en los vuelos con ATR42.
  • Se embarcarán solo perros y gatos que tengan más de 8 semanas de vida. Para viajes a Estados Unidos, las regulaciones demandan que los animales tengan más de 4 meses de edad. Otras especies animales solo podrán ser transportadas mediante Tame Cargo.
  • El costo del servicio será de $75 más los impuestos determinados para destinos internacionales y Galápagos. Para destinos nacionales el valor será de $20 más impuestos.
  • El servicio se cancelará durante el proceso de chequeo en el counter de Tame. Los contenedores de los animales no puede exceder los 58cm de largo x 40cm de ancho y 23cm de profundidad. Deben ser de modelo homologado o permitir el cierre total sin que esto impida la respiración del animal. No se aceptarán bolsos ni contenedores que no dispongan de ventilación. La mascota debe caber cómodamente en el contenedor, sin tocar sus bordes ni sobresalir a los lados de la jaula. Es necesario que pueda moverse en el interior.
  • El peso total del contenedor y el animal no podrá superar los 7 kg.

Recuerde que este servicio debe ser solicitado al menos 48 horas antes del viaje y está disponible solo para vuelos operados por Tame. No aplica para conexiones con otras aerolíneas, ni en acuerdos interlineales.

IMPORTANTE: Es indispensable portar el certificado de un médico veterinario, emitido 10 días antes del vuelo, que confirme que la mascota tiene las condiciones físicas para viajar. En otros países, las autoridades sanitarias podrían solicitar documentación específica, como historial médico o certificados de vacunación, por lo cual sugerimos portar esta documentación.

Animales de Soporte Emocional:

El transporte de animales en cabina como soporte emocional o asistencia/lazarillos de personas con discapacidad no tiene costo. Se admitirá solo un animal, únicamente perro o gato, por pasajero dependiendo del cupo disponible en cada equipo.


Condiciones del servicio:

  • El animal debe estar entrenado para comportarse apropiadamente en espacios como la cabina del avión durante el transcurso del vuelo. Debe usar bozal de red y correa en todo momento.
  • Se debe presentar al agente de tráfico, en el counter, un certificado emitido por un profesional de la salud mental o médico autorizado, cuya emisión no exceda los 90, donde se especifique que:
  • El pasajero necesita al animal como apoyo emocional o psiquiátrico, para el viaje en avión o para realizar actividades en su destino.
  • El pasajero se encuentra bajo el cuidado del profesional que suscribe el certificado.

Animales como equipaje facturado (bodega)


Tame EP no transporta animales como equipaje facturado en bodega. Los animales sólo pueden transportarse como carga. Para recibir detalles comuníquese con Tame Cargo al 593-2-396-6300 ext. 20760 o 20971.

Consulte información oficial sobre importación y exportación de mascotas aquí. http://www.agrocalidad.gob.ec/coordinacion-general-de-sanidad-animal/

Para conocer sobre regulaciones de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo ingrese aquí: http://www.iatatravelcenter.com​

Transporte de artículos restringidos

transporte de articulos restringidos

Se refiere a transporte de objetos misceláneos y retenciones de seguridad que pueden o no considerarse equipaje, carga o correo. Artículos permitidos o no por la autoridad aeronáutica considerados en el Programa Nacional de Seguridad Aérea.

  • Misceláneos:

 • Medicinas: Medicinas para uso durante el viaje.

   - Los pasajeros deben  proporcionar las recetas y facturas que justifiquen su uso durante el vuelo

   - Se pueden presentar por separado, no es necesario la funda transparente.

   - El personal de seguridad del aeropuerto verificara que el nombre que figura en la etiqueta de un medicamento coincida con el que consta en la receta.

   - En caso de medicamentos de venta libre, se deberá llevar en cantidad razonable, incluyendo lo necesario para el viaje.

   - Comida infantil: Cuando viaje el niño como pasajero, presentando por separado (no es necesario la funda transparente)

   - Alimentos especiales: Alimentos que el pasajero necesita durante el viaje por necesidades especiales, por ejemplo no toleran la lactosa, gluten.

   - Artículos Especiales: Artículos que sin ser medicinas se utilizan para fines médicos.

  • Retenciones de seguridad:

Prohibidos en la cabina de una aeronave y en la zona de seguridad restringida.

 • Armas de fuego ligeras, armas de fuego y otros artefactos que lanzan proyectiles:

   - Armas de fuego de todo tipo

   - Pistolas

   - Revólveres

   - Fusiles

   - Escopetas

   - Armas de fuego de juguete

   - Réplicas e imitaciones de armas de fuego que pueden ser confundidas con armas verdaderas

   - Piezas de armas de fuego

   - Armas de aire comprimido

   - Arcos

   - Ballestas, etc.

 • Artefactos que causan aturdimiento, artefactos diseñados específicamente para aturdir o inmovilizar:

   - Armas de defensa eléctrica

   - Bastón eléctrico

   - Máquinas golpeadoras para aturdir y matar animales

   - Sustancias químicas inhabilitantes e incapacitadoras

   - Gases y aerosoles macis

   - Pimienta o ají seco

   - Gas lacrimógeno

   - Aerosoles ácidos

   - Repelentes para animales

  • Prohibidos en el equipaje de mano y permitidos en el equipaje facturado:

 • Objetos puntiagudos  con bordes filosos o cortopunzantes:

   - Objetos para cortar

   - Desmenuzar

   - Hachas

   - Hachuelas

   - Cuchillas

   - Hachas y garfios para hielo

   - Navajas multiusos

   - Cuchillos polivalentes

   - Cuchillos con hoja de más de 6 cm.

   - Tijeras con puntas agudas con hojas más 6 cm medidos desde el soporte

   - Artículos para artes marciales con bordes filosos

   - Espadas, espadines y sables

   - Bastones de estoque

   - Escalpelos

   - Estiletes, etc.

 • Herramientas de trabajo: Herramientas que pueden utilizarse para causar lesiones graves o para amenazar la seguridad operacional de la aeronave deberán ir correctamente bien embalados.

   - Palancas de hierro

   - Taladros y barrenas

   - Taladros eléctricos portátiles

   - Herramientas con hojas o ejes de más de 6 cm., 

   - Destornilladores

   - Formones

   - Cinceles

   - Pica hielos

   - Sierras

   - Sopletes

   - Aprieta turcas

   - Pistolas neumática

   - Machetes

   - Tijeras de jardinero

   - Maletines de herramientas

   - Maletines de instrumental médico y odontológico

   - Martillos

   - Combos

 • Instrumentos romos: Objetos que pueden usarse para causar lesiones graves al golpear:

   - Bates de beisbol

   - Bates de softball

   - Porras, palos cachiporras y clavas

   - Equipos de artes marciales

  • Prohibidos en el equipaje facturado y en el de mano:

 • Explosivos, sustancias y dispositivos inflamables: Explosivos o sustancias inflamables o dispositivos que pueden usarse para causar lesiones graves o amenazar la seguridad operacional de la aeronave:

   - Municiones

   - Fulminantes

   - Detonadores

   - Mechas

   - Réplicas o imitaciones de dispositivos explosivos

   - Minas

   - Granadas

   - Artículos militares explosivos

   - Materiales de pirotecnia

   - Fuegos artificiales

   - Cartuchos

   - Dinamita

   - Pólvora

   - Explosivos plásticos

   - Bengalas

   - Gasolina y combustibles inflamables

   - Pinturas y disolventes inflamables

   - Oxígeno (comprimido o líquido)

   - Tanques de buceo presurizados

 • Líquidos, aerosoles y geles: Los LAGs incluyen sin que esto sea exhaustivo.

Nota: Para vuelos internacionales los líquidos, geles, cremas, aerosoles, incluye desodorantes, pasta dental, y cualquier otro artículo de similar contextura podrán ser transportados en la cabina de pasajeros, siempre y cuando se encuentren contenido en un empaque de hasta 100 ml o 3,4 onz y en una bolsa plástica transparente con sistema de apertura y cierre que permita ver el contenido, el total de artículos no debe superar en total 1 litro.

   - Agua,

   - Guisos,

   - Comida con una elevada concentración de líquido

   - Sopas

   - Mermeladas

   - Salsas

   - Cremas

   - Lociones

   - Aceites

   - Perfumes

   - Aerosoles

   - Cosméticos

   - Geles cabello y de duchas

   - Espuma de afeitar

   - Desodorantes

   - Dentífricos

Artículos Prohibidos:  

Por razones de seguridad, en la bodega de una aeronave están prohibidos los siguientes artículos

   - Fulminantes

   - Detonadores

   - Mechas

   - Minas

   - Granadas

   - Artículos militares explosivos

   - Materiales de pirotecnia

   - Cartuchos

   - Dinamita

   - Pólvora

   - Explosivos plásticos.

Cigarrillos electrónicos y vaporizadores personales

cigarrillo electronico2"Los cigarrillos electrónicos no están permitidos dentro del equipaje facturado y solo podrá llevarlos dentro de su equipaje de mano.  No está permitido fumar a bordo de ningún vuelo".

 

 

 

 

 

Equipajes especiales

equipaje especiales

Son aquellos artículos como, instrumentos musicales, artículos deportivos y artículos para la asistencia en la movilidad de adultos e infantes.

  • Serán aceptados como equipaje facturado dentro de la franquicia permitida, siempre y cuando cumplan las condiciones de número de piezas, peso y dimensiones según la ruta.
  • Serán  aceptados  empacados  en  una  caja  o estuche original de forma que proteja al artículo de golpes, abolladuras, rasgaduras o cualquier daño que se pueda generar por la manipulación y transporte de este artículo.
  • Deben ser aceptados bajo “Limited Release” deberán ser respaldados  con el Descargo  de  Responsabilidad  debidamente  firmado como aceptación por el pasajero.
  • Deben contar con la etiqueta de identificación Name Tag y la etiqueta de despacho o chequeo del artículo hasta el destino final al igual que el equipaje regular.

INSTRUMENTOS MUSICALES

El transporte de Instrumentos musicales se lo realizará en su debido empaque dentro de la franquicia de equipaje permitida de cada pasajero.

Como equipaje de mano se puede llevar a bordo del avión:

Instrumentos pequeños Ej. flautas, violines, ect; siempre y cuando éstos vayan dentro de su estuche correspondiente y en custodia del pasajero.
El pasajero podrá llevar a bordo, una guitarra como su artículo personal, adicional de su equipaje de mano de 8 kilos; siempre y cuando una vez terminado el embarque quede espacio en la cabina del avión, caso contrario su artículo será enviado a la bodega.

ARTÍCULOS DEPORTIVOS

Los siguientes artículos deportivos se consideran dentro de la franquicia permitida.

 • Bicicletas: Empacada en una caja o bien embalada, con las llantas desinfladas y los pedales cubiertos, pueden ser de carreras o de turistas y de un solo asiento.

 • Equipo de Golf: 1 bolsa, de 1 a 14 palos, 12 bolas y un par de zapatos en su respectivo estuche.

 • Equipo de Buceo: 1 tanque de oxigeno vacio, 1 regulador, 2 aletas de hule, una pistola de aire para pesca, una máscara, un traje de hule y un cinturón de pesas, todo esto no puede pesar más de 20kg.

 • Equipo de Boliche: 1 par de zapatos, 1 bola y 1 estuche.

 • Equipo de pesca: 2 cañas de pescar, carrete, una red para pescar, un par de botas para pescar y una caja de aparejos de pesca.

 • Equipo de Esquiar: 1 par de skisya sea de agua o de nieve, un par de zapatos de nieve, botas, estaca y esquís, una máscara con un tubo de respiración, una tabla para esquí de nieve/agua.

 • Equipo de Surf: Un máximo de dos tablas de surf por cliente, empacadas dentro de un mismo estuche y se las transportara dependiendo del equipo a operar.      Las tablas deben estar correctamente embaladas.

 • Equipo de Wind Surf: Una tabla de windsurf que no exceda 115 pulgadas de largo, 1 mástil, 1 vela, 1 kit para armar el equipo.

 • Equipo de Acampar: 1 Tienda de acampar, mochilas, bolsas de dormir, artículos de camping

 • Equipo de Arquería:1 Arco,  Flechas, 1 kit de mantenimiento de resistencias para proteger de accidentes

 • Equipo de Tenis: Raquetas y pelotas en su estuche

 • Bodyboard

 • Armas de Fuego y deportivas: Correctamente embaladas y en sus propios contenedores.

 • Canoas: Tame no aceptará canoas, botes, kayac, jet ski, como equipaje.

 • Paracaídas y Planeadores: Los paracaídas deben cumplir con las dimensiones y pesos establecidos para ser transportados.  Y no se aceptan planeadores por las dimensiones de los mismos.

 • Cuchillos y Tijeras: No se permiten cuchillos, navajas y tijeras como equipaje de mano.

 • Pelotas: Podrán ser llevadas a bordo o facturadas, sin necesidad de estar desinfladas por completo.

Se aceptará un equipo por pasajero y si estos artículos exceden la franquicia permitida se aplicaran los cargos correspondientes.